PROGRAMA ADO 2020

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1. PRINCIPIOS GENERALES

ADO es un programa de apoyo al «Deporte de Alto Rendimiento Olímpico” cuyo principal objetivo es la mejora de los resultados de los deportistas Españoles en los Juegos Olímpicos y tiene como  características básicas la exigencia en sus criterios y la persecución de la excelencia deportiva.

El Programa ADO Tokio 2020 tiene como objetivos:

1. Aumentar en los Juegos de Tokio 2020, PyeongChang 2018 y Pekín 2022 el número de medallas conseguidas por el Equipo Olímpico Español en los Juegos Olímpicos precedentes.

2. Apoyar el desarrollo de especialidades deportivas con elevadas posibilidades de clasificación, y con expectativas de mejora de sus resultados olímpicos a largo plazo.

3. Contribuir a la mejora del rendimiento de los deportistas españoles en los Juegos Olímpicos.

 

El Programa se configura en torno a tres ejes básicos:

1. Las Ayudas a deportistas con opciones de conseguir resultados de interés en los Juegos Olímpicos.

2. Las Ayudas a los entrenadores responsables de la preparación de los deportistas.

3. El desarrollo de Planes Especiales, destinados a mejorar la preparación de los deportistas y equipos para los Juegos Olímpicos.

 

Cada uno de ellos está diseñado para mejorar las condiciones de preparación de los deportistas en una determinada área:

1. Las Ayudas a deportistas pretenden mejorar la dedicación y la implicación de estos en su plan de trabajo, potenciando que puedan disponer de una dedicación prioritaria a la preparación olímpica.

2. Las Ayudas a entrenadores pretenden apoyar a los cuadros técnicos de las federaciones, e incentivar a aquellos que sin pertenecer a los mismos tienen una responsabilidad directa en la preparación de deportistas que disponen de ayudas por resultados relevantes.

3. Los Planes Especiales tienen como objetivo proporcionar medios a las federaciones para que lleven a cabo actividades no contempladas en sus programas ordinarios pero que tienen una influencia directa y específica en la preparación de deportistas con opciones de conseguir resultados de interés en los Juegos Olímpicos.

1*En todos los casos la mención a Tokio 2020 o Juegos Olímpicos 2020, se hace extensible a PyeongChang 2018 o Juegos Olímpicos 2018 y a Pekín 2022 o Juegos Olímpicos 2022, para los Deportes de Invierno y Deportes de Hielo.
Además cuando se mencionen los años del ciclo se deberá hacer la conversión que corresponda para aplicar esta especial circunstancia.

 

El óptimo desarrollo del Programa requiere que los agentes que toman parte  en el mismo: deportistas, técnicos y federaciones, tengan conocimiento detallado de sus objetivos, características y criterios de funcionamiento.

Los criterios de este Programa pueden sufrir variaciones a lo largo del ciclo olímpico de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, a la modificación de aspectos técnico deportivos, o cambios en el programa de pruebas olímpicas. Concretamente la continuidad de las becas de nivel R (9-12 en Mundiales y 1-10 en Ranking Mundial) será revisada anualmente a partir de 2018 en base a la disponibilidad presupuestaria.

Cualquier modificación de estos criterios deberá ser aprobada por la Junta Directiva.

En caso de ser necesaria, la interpretación de los presentes criterios le corresponde a la Comisión Técnica.

1.1. DEPORTES Y PRUEBAS QUE SE INCORPORAN AL PROGRAMA OLÍMPICO

La asignación de becas del primer año del ciclo olímpico para los deportes y pruebas de nueva incorporación se hará considerando exclusivamente resultados del Campeonato del Mundo de 2016 cuando el mismo se hubiera celebrado posteriormente a la designación de la prueba como olímpica para 2020.

1.2. AYUDAS E INCENTIVOS

Para el cumplimiento de los objetivos del programa se establecen ayudas a deportistas (Becas) e incentivos a entrenadores.

Con carácter general las becas y los incentivos de cada año se consiguen por los resultados del año anterior en pruebas olímpicas (programas de los Juegos Olímpicos de Tokio 2020, PyeongChang 2018 y Pekín 2022 según corresponda) en las competiciones de referencia: Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo y Campeonatos de Europa de categoría absoluta. Cuando en un mismo año se celebre más de una de dichas competiciones, se considerará como competición de referencia la de mayor rango deportivo.

Los niveles de las becas y las cantidades correspondientes se especifican en el Anexo II.

Para las pruebas de equipo, se concederán tantas becas como componentes participen en la misma en los Juegos Olímpicos.

 

1.3. DENOMINACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS BECAS

Se establecen los siguientes niveles de becas para deportistas:

M Beca Medalla
D Beca Diploma
R Beca Resultado
E Beca Especial
C Beca Clasificación

La asignación económica de las becas M y D está compuesta por una parte fija y una parte variable que corresponden con el 60 y el 40% respectivamente de la cuantía asignada para cada nivel.

1.4. GRUPOS DE PRUEBAS

Con el fin de contemplar la especificidad de las diferentes pruebas del programa olímpico, se dividen las mismas en 3 grupos:

pruebas programa olimpico tokio 2020

2. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS

2.1. PRUEBAS GRUPOS I y II (GI y GII)

Niveles de beca en función de la clasificación en la competición de referencia según el cuadro siguiente. En el caso de Ranking Mundial, se considerará el Ranking oficial del año de la Federación Internacional (la fecha de cierre quedará determinada por la Comisión Técnica a propuesta de la Federación correspondiente).

Pruebas grupo I y II ado Tokio 2020

* En el caso de pruebas de equipo la composición del mismo deberá integrar únicamente a
deportistas de nacionalidad española. Además sólo podrá considerarse el ranking de la prueba
de equipo y no cualquier otro ranking que utilice otro procedimiento (p.ej.: suma de resultados
individuales).

BECA ESPECIAL (E): podrá concederse de manera excepcional y nunca en el año olímpico y estarán dirigidas a:

– Deportistas que no habiendo conseguido ninguno de los resultados señalados para las becas M, D o R resulten interesantes para los objetivos del Programa.

– Deportistas reservas de pruebas grupo II, siempre que hayan sido oficialmente inscritos en la competición de referencia.

BECA DE CLASIFICACIÓN (C): se concederá exclusivamente en el año olímpico a deportistas que habiendo conseguido la clasificación para los Juegos no son beneficiarios de ninguna otra beca de las anteriormente señaladas. Se percibirán en su totalidad independientemente de la fecha de consecución de la clasificación.

2.1.1. PERCEPCIÓN, ACUMULACIÓN Y DURACIÓN DE LAS BECAS

a. Es condición indispensable para poder percibir cualquier tipo de Beca – o prórroga de la misma, que el deportista compita en pruebas de carácter internacional y cumpla con la planificación y programación propuesta por su Federación Española correspondiente.

b. Con carácter general las becas son excluyentes con la excepción de las becas M y D que podrán acumularse si se consiguen varios resultados en pruebas diferentes en un mismo año pudiendo en tal caso realizarse esta acumulación también entre pruebas de Grupos I y II.

c. Con carácter general las becas tendrán una duración anual.

d. Para las becas M y D la parte fija tendrá una duración de dos años y la variable de uno.

e. Como excepción a lo anterior las becas M de los medallistas de los Juegos Olímpicos mantendrán tanto la parte fija como la variable durante los dos primeros años del ciclo.

f. Los medallistas de oro de los Juegos Olímpicos mantendrán para el tercer año del ciclo el 50% de la beca M1, siempre y cuando sus resultados en los dos primeros años del ciclo no les hiciera merecedores de una beca de mayor cuantía.

g. Los medallistas de plata y bronce de los Juegos Olímpicos que no tuvieran resultado de nivel M o D en los dos primeros años del ciclo tendrán asignada para el tercer año una beca de nivel R.

h. Si hay varios resultados en un mismo año en diferentes pruebas, tanto de nivel M como D, se concederá la parte fija de la beca de mayor cuantía y las variables de ésta y todas las demás.

i. Si se mejora el resultado se actualiza tanto la parte fija como la variable.

j. Los deportistas del Grupo I que pierdan las posibilidades de clasificación para los Juegos Olímpicos en el año olímpico mantendrán la beca durante los dos primeros trimestres del año para los Juegos de verano y durante el primer trimestre para los Juegos de Invierno.

k. En todos los demás casos, la pérdida de las posibilidades de clasificación (Grupo I en año no olímpico y Grupo II) supondrá la suspensión de la beca no abonándose la misma a partir del trimestre siguiente al que se pierden las opciones de clasificación.

l. Cuando uno o más deportistas de una prueba de equipo, hayan obtenido beca Medalla, Diploma o Resultado, y decidan retirarse, cambiar de prueba, o sean sustituidos por decisión técnica, la Federación correspondiente podrá proponer en su lugar la incorporación de un nuevo deportista o deportistas con beca Especial.

En cualquier caso la valoración de las becas en pruebas de equipo se hará de acuerdo a las expectativas de rendimiento futuro en dicha prueba y la Comisión Técnica podrá decidir la suspensión de las ayudas si por alguna razón (lesiones, cambio de componentes,…) el potencial del equipo se viera seriamente comprometido.

m. El deportista de pruebas grupo I o II que habiendo conseguido beca participando en una prueba decida cambiar a otra prueba, podrá ser propuesto por la Federación correspondiente para continuar con la parte fija de la beca (Medalla o Diploma) o la beca Resultado que le
hubiera correspondido y la Comisión Técnica valorará dicha propuesta en base a las posibilidades de rendimiento futuro. Si participando en la nueva prueba obtuviera un resultado Medalla o Diploma, percibiría la parte variable de dicho resultado de forma retroactiva (desde el 1 de enero de ese año).

2.1.2. TRATAMIENTO ESPECIAL PARA EL CICLISMO MASCULINO DE CARRETERA, GOLF Y TENIS

Por los especiales condicionantes que confluyen en la preparación olímpica de los deportistas de la prueba masculina de Ciclismo en carretera y de los deportistas de Golf y Tenis, a estas pruebas se le aplicará un procedimiento de asignación y cobro especial.

Las becas se asignarán de acuerdo con las cuantías y criterios señalados en los anexos I y II, siendo sólo de aplicación las becas de niveles M y D y teniendo todas ellas una duración anual.

La cuantía generada por los resultados obtenidos durante los cuatro años del ciclo (2016-2019) será reservada para la Bolsa de Participante, que percibirán en 2020 los deportistas que finalmente participen en los Juegos Olímpicos de Tokio.

2.1.3. OTROS CASOS ESPECIALES

En los Campeonatos del Mundo y de Europa de Natación Sincronizada en los
que no se celebra la prueba olímpica se tomará como referencia el resultado obtenido
en la prueba de rutina libre.

En los deportes de Taekwondo y Karate en los que los pesos de Campeonatos
del Mundo y de Europa no coinciden con los de los Juegos Olímpicos se considerarán
como olímpicos, a efectos de asignación de becas, todos los pesos. Para valorar los
puestos de Ranking se considerará el Ranking Olímpico.

 

2.1.4. OTRAS CONSIDERACIONES

En el caso de que por motivos de una lesión, embarazo o problema personal grave, un deportistas con Beca no pueda mantenerse en la Alta Competición temporalmente y no participe en la competición de referencia correspondiente, la Federación Española correspondiente podrá proponer a la Comisión Técnica de ADO para su valoración el mantenimiento de la beca, así como la de su entrenador.

 

2.1.5. ENTRENADORES Y EQUIPOS TÉCNICOS

I. Pruebas Grupo I

Los entrenadores de deportistas con becas Medalla y/o Diploma podrán percibir ayudas del programa que ADO pagará a la Federación Española correspondiente, de acuerdo a los siguientes criterios:

A. Entrenadores personales:

a. Los entrenadores personales de los deportistas becados con becas Medalla o Diploma en pruebas individuales recibirán una ayuda equivalente al 50%, tanto de la parte fija como variable, de la beca correspondiente al deportista.

b. En las pruebas de equipo – siempre que la Federación no tenga contratado a un técnico responsable de la prueba – la cuantía para el entrenador personal será equivalente al 50%, tanto de la parte fija como variable de la beca correspondiente a un deportista del equipo. Si hubiese más de un entrenador personal dicha cuantía se repartiría.

c. En el caso de que un entrenador personal acumule más de un resultado objeto de criterio Medalla o Diploma, cobrará el 50% de la parte fija de mayor cuantía y el 50% de las partes variables de todos los resultados de sus deportistas.

d. La Federación deberá notificar a ADO, en el momento de realizar la propuesta anual, el nombre del entrenador que va a dirigir la preparación del deportista becado, que se deberá acompañar con la firma de aceptación del deportista y el visto bueno de la Federación en un documento tipo que ADO proporcionará a tal
efecto.

e. Para percibir la ayuda económica de ADO, los entrenadores deberán acreditar estar en posesión de la titulación oficial de entrenador de esa  m0dalidad/especialidad o equivalente.

f. De forma general, cuando un deportista cambie de entrenador, el incentivo destinado al mismo, será para el entrenador con el que consiguió el resultado. La Comisión Técnica podrá aprobar excepciones a esta norma cuando las circunstancias lo hagan aconsejable.

 

B. Entrenadores designados por la Federación:

a. Las cantidades correspondientes a aquellos entrenadores que sean designados por la Federación, se concederán a la Federación como apoyo a los gastos de los equipos técnicos relacionados con la preparación olímpica.

b. Dichas cuantías se calcularan de la misma forma que en el apartado anterior, teniendo en cuenta que un entrenador designado por la Federación puede entrenar a varios deportistas o equipos, aplicando en estos casos lo definido en el punto c) del apartado anterior.

c. Para percibir la ayuda económica de ADO, los entrenadores deberán acreditar estar en posesión de la titulación de entrenador oficial de esa  modalidad/especialidad o equivalente.

d. La Federación realizará cada año una propuesta nominal del
equipo técnico, notificando a ADO los destinatarios finales de la
ayuda ADO para entrenadores.

 

II. Pruebas Grupo II

La Federación con equipos de nivel M o D percibirá una cuantía equivalente al 50% de 3 becas de deportista, que deberá destinar a sufragar los gastos de los equipos técnicos relacionados con la preparación olímpica.

La Federación propondrá la relación de los técnicos destinatarios de la ayuda los cuales
deberán acreditar estar en posesión de la titulación oficial de entrenador de esa
modalidad/especialidad o equivalente.

 

2.2. PRUEBAS GRUPO III (GIII)

Niveles de beca según clasificación en la competición de referencia que se detalla en el cuadro siguiente:

Pruebas grupo III ado tokyo 2020

BECAS ESPECIALES (E): podrán concederse de manera excepcional y nunca en el año olímpico y estarán dirigidas a:

– Equipos que no habiendo conseguido ninguno de los resultados señalados para las becas M o D resulten interesantes para los objetivos del Programa.

– Equipos cuyo número de componentes en las competiciones de referencia del ciclo olímpico sea mayor al permitido para los Juegos  Olímpicos. En estos casos se podrán conceder tantas becas E como diferencia exista entre ambos números.

BECAS DE CLASIFICACIÓN (C): se concederán exclusivamente en el año olímpico a equipos que habiendo conseguido la clasificación para los Juegos no sean beneficiarios de ninguna otra beca de las anteriormente señaladas.

2.2.1. PERCEPCIÓN, ACUMULACIÓN Y DURACIÓN DE LAS BECAS

a. Para las becas M y D la parte fija tendrá una duración de dos años y la variable de uno.

b. Como excepción a lo anterior las becas M de los medallistas de los Juegos Olímpicos mantendrán tanto la parte fija como la variable durante los dos primeros años del ciclo.

c. En todos los demás casos las becas tendrán una duración anual

d. Si se mejora el resultado se actualiza tanto la parte fija como la variable.

e. Los equipos que pierdan las posibilidades de clasificación para los Juegos Olímpicos perderán la ayuda, no abonándose la beca a partir del trimestre siguiente al que se pierden las opciones de clasificación.

f. Las Federaciones podrán establecer un criterio de reparto de la cantidad total asignada al equipo entre los componentes del mismo, el cual tendrá que ser aprobado por la Comisión Técnica.

2.2.2. TRATAMIENTO ESPECIAL AL FÚTBOL MASCULINO

Debido a la limitación de edad de los participantes en los Juegos Olímpicos (Sub 23) se considerarán como competiciones de referencia, el Campeonato de Europa Sub19 de 2017 y el Campeonato de Europa Sub-21 de 2019.

2.2.3. EQUIPOS TÉCNICOS

La Federación con equipos del grupo III con beca de nivel M o D percibirá una cuantía equivalente a 3 becas de deportista que deberá destinar a sufragar los gastos de los equipos técnicos relacionados con la preparación olímpica.

La Federación propondrá la relación de los técnicos destinatarios de la ayuda los cuales deberán acreditar estar en posesión de la titulación oficial de entrenador de esa modalidad/especialidad o equivalente.

 

3. OTROS REQUISITOS DEL PROGRAMA ADO

I. Todos los deportistas incluidos en el Programa deberán acatar las normas federativas sobre disciplina deportiva y dopaje, debiendo colaborar en cualquier momento que se les solicite.

II. Se suspenderán cautelarmente las ayudas a los deportistas – así como la parte correspondiente de otras ayudas del Programa que la inclusión del deportista pudiera haber generado – con resultados positivos en un control de dopaje o una sanción disciplinaria, cancelándose definitivamente cuando las sanciones sean en firme.

III. Todos los deportistas incluidos en el Programa deberán firmar un documento en el que se especifican las condiciones para la percepción de la beca y el compromiso con su preparación para competir en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020/ PyeongChang 2018/ Pekín 2022.

 

4. PLANES ESPECIALES

Los Planes Especiales tienen como objetivo proporcionar medios a las federaciones para que lleven a cabo actividades no contempladas en sus programas ordinarios de alta competición pero que tengan una influencia directa y específica en la preparación de deportistas o equipos con opciones de conseguir resultados de interés en los Juegos Olímpicos.

Las federaciones podrán hacer propuestas cuya financiación por parte del programa ADO dependerá de la valoración que de los mismos haga la Comisión Técnica, así como de la disponibilidad presupuestaria.

Becas deportivas Tokyo 2020

 

tabla de becas deportivas ado tokyo 2020 2

 

Tabla de becas deportivas ADO 2020 3

 

Competiciones de referencia tokyo 2020