Obligaciones de los Atletas de la RFEH

Ver documento oficial para descarga. Circular 04/2020

 

Disposiciones generales

Sin interferir en los temas regulados por el Reglamento de Disciplina de la RFEH, el objetivo de esta circular no es otro que establecer unos límites al comportamiento de los atletas con licencia federativa durante su participación en las distintas actividades federativas. Además, también se plantean una serie de responsabilidades a los atletas de interés internacional y para los atletas becados.

Atletas nacionales

Todos los atletas que participen en las competiciones nacionales podrán incurrir en estas infracciones.

INFRACCIONES

Infracciones leves

 No personarse para la presentación de la tanda con 10 minutos de antelación o hacerlo sin la uniformidad del club o de la federación, según corresponda.
 No se podrá ser presentado con zapato no adecuado o con alguna prenda no oficial.
 No personarse para la entrega de medallas con 10 minutos de antelación o hacerlo sin la uniformidad del club o de la federación, según corresponda. Si el atleta no pudiera personarse, deberá hacérselo saber al director de la competición a través de su entrenador con la antelación suficiente.
 No se podrá recoger ningún trofeo con zapato no adecuado o con ninguna prenda no oficial.
 Desvestirse en la tarima de competición, parcial o totalmente.
 Reproducir música en alto en la zona de calentamiento o competición.
 Trato inadecuado del material de entrenamiento o competición. Infracciones graves
 Faltar al respeto los jueces y personal técnico de la Federación. En caso de reclamación, se debe utilizar los métodos estipulados en el reglamento técnico de la IWF para dirigirse a ellos.
 Mostar mensajes inadecuados o de marcada índole política durante la presentación, calentamiento, competición o entrega de medallas.

Infracciones muy graves

 Realizar comentarios homófobos, racistas o que vayan en contra de la integridad física o moral de cualquier colectivo y/o persona en el escenario de competición o de calentamiento o en cualquier parte de la instalación deportiva.
 Dañar el material de competición, calentamiento u otro de forma deliberada.

 

SANCIONES

Sanciones leves

 Amonestación verbal.
*Si se dieran varias infracciones leves se aplicaría la sanción correspondiente a
una sanción grave.

Sanciones graves

 Descalificación de la competición.
 Posible suspensión de la licencia federativa por seis meses.
*Si se dieran varias infracciones graves se aplicaría la sanción correspondiente a
una sanción muy grave.

Sanciones muy graves

 Descalificación de la competición.
 Posible suspensión de la licencia federativa por un año.

Atletas de interés internacional

Todo atleta, calificado como atleta de interés internacional por la RFEH, estará sujeto a estas infracciones y sanciones.

Campeonatos Nacionales

Serán de aplicación las mismas normativas que para los atletas nacionales. Las infracciones serán las estipuladas para atletas nacionales y también las estipuladas para atletas internacionales.

Redes Sociales y apariciones públicas

INFRACCIONES

Infracciones graves

 Faltar al respeto a la estructura federativa o algunos de sus componentes (Nacional, territorial, club etc.) de forma pública y abierta.
 Ser recibidor de una ayuda en especie de la RFEH y promocionar productos de marcas competidoras de aquellas que patrocinan a la RFEH.

Infracciones muy graves

 Realizar comentarios homófobos, racistas o que vayan en contra de la integridad física o moral de cualquier colectivo y/o persona.

SANCIONES

Sanciones graves

Atletas becados:
 Multa del 15% de la beca percibida ese año.

Atletas no becados:
 Multa de 300€.
*Si se dieran varias infracciones graves se aplicaría la sanción correspondiente a una sanción muy grave

Sanciones muy graves

Atletas becados:
 Multa del 25% de la beca percibida ese año.
 Suspensión de la licencia federativa por un año.

Atletas no becados:
 Multa de 500€.
 Suspensión de la licencia federativa por un año.

Competiciones internacionales

INFRACCIONES

Infracciones leves

 No cumplir con las directrices de vestimenta en todo momento.
 No respetar los horarios marcados por los entrenadores responsables de la competición.

Infracciones graves

 Faltar al respeto los entrenadores responsables de la competición.
 Realizar cualquier tipo de acción que pueda dañar de forma severa la imagen de la RFEH o de España.
 Promocionar de cualquier manera cualquier marca ajena a la RFEH, independientemente de que exista o no un patrocinio de la RFEH en ese sector.

Infracciones muy graves

 Presentarse en estado de embriaguez, o bajo el efecto evidente de otras drogas.
 Alterar el orden público durante el viaje.

SANCIONES

Sanciones leves

 Amonestación verbal.
*Si se dieran varias infracciones leves se aplicaría la sanción correspondiente a una sanción grave.

Sanciones graves

Atletas becados:
 Multa del 15% de la beca percibida ese año.

Atletas no becados:
 Multa de 300€.
*Si se dieran varias infracciones graves se aplicaría la sanción correspondiente a una sanción muy grave.

Sanciones muy graves

Atletas becados:
 Multa del 25% de la beca percibida ese año.
 Suspensión de la licencia federativa por un año.

Atletas no becados:
 Multa de 500€.
 Suspensión de la licencia federativa por un año.

 

Concentraciones

INFRACCIONES

Infracciones leves

 No respetar los horarios marcados por los entrenadores responsables de la concentración.
 Trato inadecuado del material de entrenamiento.

Infracciones graves

 Faltar al respeto los entrenadores responsables de la concentración.
 Realizar cualquier tipo de acción que pueda dañar de forma severa la imagen de la RFEH o de España.
 Realizar publicaciones en Redes Sociales que perjudiquen la imagen de la RFEH.

Infracciones muy graves

 Presentarse en estado de embriaguez, o bajo el efecto evidente de otras drogas.
 Alterar el orden público durante la concentración.
 Promocionar de cualquier manera cualquier marca ajena a la RFEH,
independientemente de que exista o no un patrocinio de la RFEH en ese sector.
 Dañar el material de entrenamiento, las instalaciones deportivas o el alojamiento
de forma severa y deliberada.

SANCIONES

Sanciones leves

 Amonestación verbal.
*Si se dieran varias infracciones leves se aplicaría la sanción correspondiente a una sanción grave.

Sanciones graves

Atletas becados:
 Multa del 15% de la beca percibida ese año.
 Expulsión de la concentración.

Atletas no becados:
 Multa de 300€.
 Expulsión de la concentración.
*Si se dieran varias infracciones graves se aplicaría la sanción correspondiente a una sanción muy grave.

Sanciones muy graves:

Atletas becados:
 Multa del 25% de la beca percibida ese año.
 Expulsión de la concentración.
 Suspensión de la licencia federativa por un año.

Atletas no becados:
 Multa de 500€
 Expulsión de la concentración.
 Suspensión de la licencia federativa por un año.

En caso de que el atleta sea expulsado de la concentración, deberá correr con todos los gastos de la concentración y con los gastos derivados de su expulsión.

Es decir, deberá costearse el desplazamiento, el alojamiento y la manutención de los días de concentración, así como los gastos que genere su expulsión en los mismos conceptos.

La gestión de la expulsión de la concentración correrá a título personal. En el caso de menores de edad, deberán ser sus padres o tutores legales los que se encarguen de esta tarea y asuman los gastos.

 

Otros

INFRACCIONES

Infracciones graves

 No acudir a las concentraciones, tests y competiciones marcadas por la RFEH sin motivo justificado.

Infracciones muy graves

 No tener actualizada la localización en el sistema ADAMS

SANCIONES

Sanciones graves

 No convocatoria para competiciones internacionales durante el año.

Sanciones muy graves

 En caso de que la no actualización de los datos en ADAMS suponga no poder asistir a una competición internacional, todos los gastos asociados a esta competición correrán por cuenta del atleta: gastos de billete de avión, preinscripción a la competición y cualquier otro que pueda derivarse.

 

Validez
Salvo nueva circular, que modifique lo establecido en esta circular, este documento tiene validez por tiempo indefinido.